Para PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS el cronograma de vencimientos es el mismo y la fecha máxima dependerá del último dígito del número de RUC. En el caso específico de los contribuyentes que no estén obligados a inscribirse en el RUC, la fecha máxima será el 09 de abril junto a los buenos contribuyentes.
El cronograma es el siguiente:
Base legal:
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Resolución de Superintendencia 011-2018/SUNAT
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Resolución de Superintendencia 069-2018/SUNAT
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Resolución de Superintendencia 077-2018/SUNAT